Renovar una marca española o una marca de la Unión Europea: qué cambia entre la OEPM y la EUIPO (2026)

Equipo Indelia · Actualizado el

Una marca española se renueva ante la OEPM y una marca de la Unión Europea (EUTM) se renueva ante la EUIPO. Las dos duran diez años desde la fecha de solicitud, las dos se renuevan por otros diez indefinidamente, las dos tienen una ventana de seis meses antes de la expiración y una demora de seis meses después con recargo, y las dos oficinas avisan del vencimiento. Lo que cambia es a quién se presenta, cuánto se paga, cómo se calcula el recargo y qué territorio cubre cada una. Y lo más importante: son dos registros independientes. Renovar uno no renueva el otro.

Esta guía pone las dos renovaciones una al lado de la otra. Fuentes: la Ley 17/2001 de Marcas y su Reglamento para la marca española; el Reglamento (UE) 2017/1001 (artículos 52 y 53 y anexo I) y las preguntas frecuentes sobre renovaciones de la EUIPO para la marca de la Unión Europea. Última verificación: 3 de octubre de 2026.

Las dos renovaciones, cara a cara

Marca española (OEPM)Marca de la Unión Europea (EUIPO)
TerritorioEspañaLos 27 Estados miembros, incluida España, como un solo derecho
Duración10 años desde la fecha de solicitud, renovables indefinidamente (art. 31 LM)10 años desde la fecha de solicitud, renovables indefinidamente (art. 52 Reglamento 2017/1001)
Ventana sin recargoLos 6 meses anteriores a la expiración (art. 32.3 LM)Los 6 meses anteriores a la expiración (art. 53.3)
Demora con recargo6 meses después de la expiración: +25 % los 3 primeros meses, +50 % los 3 siguientes (art. 32.3 LM)6 meses después de la expiración: +25 % de la tasa pagada tarde, máximo 1.500 EUR (art. 53.3 y anexo I, A.19)
Tasa electrónica, 1 clase148,06 EUR (desde el 1 de abril de 2026)850 EUR (anexo I, A.12)
Clases adicionales99,39 EUR cada una50 EUR la segunda; 150 EUR cada una a partir de la tercera (A.13 y A.14)
En papel174,18 EUR la primera clase, 116,95 EUR cada adicional1.000 EUR la tasa básica (A.11)
Aviso de la oficinaAl menos 6 meses antes, informativo (art. 25 RLM)Al menos 6 meses antes, al titular y a quien tenga un derecho inscrito (art. 53.2)
Renovación parcial por clasesSí (art. 32.5 LM)Sí (art. 53.4 y 53.5)
Renovación por paísesNo aplicaNo: la marca es unitaria, se renueva para toda la Unión
Desde cuándo tiene efectosEl día siguiente a la expiración (art. 32.6 LM)El día siguiente a la expiración (art. 53.6)
Si no se renuevaCaducidad y cancelación del registro (art. 55 LM)La Oficina declara la expiración y cancela la marca; devuelve las tasas pagadas sin renovación (art. 53.8)
Quién presentaEl titular o sus derechohabientes; Agente de la Propiedad Industrial obligatorio si el titular no reside en la Unión Europea (art. 175.2 Ley 24/2015)El titular o persona autorizada por él; representante obligatorio si no tiene domicilio ni establecimiento en el Espacio Económico Europeo
DóndeSede electrónica de la OEPM, sin certificado digitalFormulario en línea de la EUIPO, desde el área de usuario

Lo que se parece: plazos y aviso

En las dos oficinas el calendario es el mismo a grandes rasgos. La marca expira a los diez años de la fecha de solicitud, no de la fecha de concesión. Se puede renovar durante los seis meses anteriores a esa fecha sin pagar de más. Si se pasa, hay seis meses más para renovar con recargo. Después, la marca caduca y la oficina la cancela del registro.

Las dos oficinas avisan con al menos seis meses de antelación, y las dos leyes dicen lo mismo del aviso: es informativo, y si no llega, la marca caduca igual. La OEPM lo comunica «a efectos meramente informativos» (artículo 25 del Reglamento de la Ley de Marcas); el Reglamento de la marca de la Unión Europea añade que «la ausencia de dicha información no acarreará responsabilidad alguna para la Oficina, ni afectará a la expiración del registro» (artículo 53.2). En la práctica: el aviso va a la dirección del expediente, y si la empresa se mudó o cambió de titular sin inscribirlo, no llega. Anote usted las fechas; para la marca española tiene cómo comprobar si una marca está en vigor y cuándo caduca.

Las dos oficinas admiten la renovación parcial por clases: renovar solo algunas clases de productos o servicios y dejar caducar las que ya no usa. En la EUIPO, si la tasa pagada no cubre todas las clases solicitadas, la Oficina renueva las que quedan claras y, a falta de otro criterio, por orden de clasificación (artículo 53.5).

Lo que cambia: el recargo

Aquí está la diferencia más fácil de pasar por alto. En la OEPM el recargo de demora es escalonado: 25 % si renueva en los tres primeros meses después de la expiración y 50 % si lo hace en los tres siguientes (artículo 32.3 de la Ley de Marcas). En la EUIPO el recargo es único durante los seis meses de demora: 25 % de la tasa de renovación pagada tardíamente, hasta un máximo de 1.500 EUR (anexo I, tasa A.19).

Con números, para una marca de una clase renovada por vía electrónica:

Dentro de plazoDemora, meses 1 a 3Demora, meses 4 a 6
Marca española148,06 EUR185,08 EUR (+25 %)222,09 EUR (+50 %)
Marca de la Unión Europea850 EUR1.062,50 EUR (+25 %)1.062,50 EUR (+25 %)

En las dos, la renovación surte efectos desde el día siguiente a la expiración aunque se presente en demora: no hay un «hueco» de protección si se llega a tiempo dentro de los seis meses.

Lo que cambia: la tasa

La marca de la Unión Europea cuesta más porque cubre veintisiete países con un solo registro. Las tasas de renovación de la EUIPO son las del anexo I del Reglamento 2017/1001 y coinciden con las de solicitud: 850 EUR por vía electrónica para una clase, 50 EUR por la segunda y 150 EUR por cada clase a partir de la tercera. La OEPM cobra, con presentación y pago electrónicos, 148,06 EUR por la primera clase y 99,39 EUR por cada adicional (tabla vigente desde el 1 de abril de 2026).

ClasesMarca española (OEPM)Marca de la Unión Europea (EUIPO)
1148,06 EUR850 EUR
2247,45 EUR900 EUR
3346,84 EUR1.050 EUR
5545,62 EUR1.350 EUR

Las dos oficinas cobran más por el trámite en papel: la OEPM, 174,18 EUR la primera clase; la EUIPO, 1.000 EUR de tasa básica. La vía electrónica es, en ambos casos, la más barata y la más rápida. Las tasas de la EUIPO se pagan en euros con tarjeta, transferencia o cuenta corriente abierta en la Oficina; la OEPM admite tarjeta en su pasarela y otras formas que exigen cuenta española o certificado (formas de pago).

Lo que cambia: quién puede presentarla

Si tiene las dos marcas

Es habitual: una marca española registrada hace años y una marca de la Unión Europea posterior, cuando la empresa empezó a vender fuera. En ese caso:

  1. Son dos vencimientos, que casi nunca coinciden porque se solicitaron en fechas distintas. Anote los dos.
  2. Renovar una no renueva la otra. La OEPM no sabe de la EUIPO ni la EUIPO de la OEPM a efectos de renovación.
  3. Dejar caducar la española no «se cubre» con la europea en todos los casos: la marca de la Unión Europea protege en España, sí, pero con su propia fecha de prioridad, que es posterior. Si la española es más antigua, perderla puede perder esa antigüedad frente a terceros. Antes de dejar caducar la nacional por ahorrar una tasa, conviene mirar fechas y conflictos.
  4. Al revés tampoco. Si deja caducar la marca de la Unión Europea, deja de estar protegido en los otros veintiséis países; la española no lo sustituye.

Avisos de pago que no son de ninguna de las dos oficinas

Las dos oficinas advierten de lo mismo: ninguna envía facturas ni cartas de cobro. La OEPM publica advertencias sobre requerimientos de pago fraudulentos y la EUIPO mantiene una página sobre facturas engañosas y repite que «nunca envía facturas ni cartas a los usuarios solicitándoles el pago directo de los servicios». Si le llega una «factura» de renovación, por carta o por correo electrónico, no sale de ninguna de las dos oficinas. Cómo distinguirlas, en ¿Le ha llegado una carta para renovar su marca?.

Si prefiere que nos ocupemos nosotros

Indíquenos el nombre o el número de su marca y le confirmamos gratis la fecha de expiración y el estado del registro, sea española o de la Unión Europea, por email en menos de 24 horas: consultar mis plazos. Si decide renovar con nosotros, recibe un precio único con la tasa oficial de la oficina que corresponda incluida, confirmado por escrito antes de pagar.

Una aclaración honesta

Somos un servicio privado de gestión y renovación de marcas: no somos la OEPM ni la EUIPO ni actuamos en su nombre. Los dos trámites son públicos y electrónicos, y con la información de esta guía puede hacerlos usted mismo si reside en la Unión Europea.

Preguntas frecuentes

¿Renovar mi marca española renueva también mi marca de la Unión Europea?
No. Son dos registros distintos, ante dos oficinas distintas (OEPM y EUIPO), con dos números de expediente, dos fechas de expiración y dos tasas. Renovar uno no afecta al otro. Si tiene las dos marcas, tiene dos vencimientos que anotar.
¿Cuánto cuesta renovar una marca de la Unión Europea en 2026?
La tasa básica de renovación por medios electrónicos es de 850 EUR para una clase, 50 EUR por la segunda clase y 150 EUR por cada clase a partir de la tercera (anexo I del Reglamento 2017/1001). En papel, la tasa básica sube a 1.000 EUR. Si paga en los seis meses de demora, se añade un recargo del 25 % de la tasa pagada tarde, con un máximo de 1.500 EUR.
¿Y cuánto cuesta renovar una marca española?
Con presentación y pago electrónicos, 148,06 EUR la primera clase y 99,39 EUR cada clase adicional (tasas de la OEPM vigentes desde el 1 de abril de 2026). Con recargo de demora, un 25 % más en los tres primeros meses tras la expiración y un 50 % más en los tres siguientes.
¿Cuándo se puede renovar cada una?
En las dos, durante los seis meses anteriores a la fecha de expiración y, si se pasa, en los seis meses siguientes pagando un recargo. La diferencia está en el recargo: la OEPM aplica un 25 % en los tres primeros meses de demora y un 50 % en los tres siguientes; la EUIPO aplica un 25 % durante los seis meses, con un tope de 1.500 EUR.
¿Las oficinas avisan del vencimiento?
Las dos. La OEPM comunica la próxima expiración, a efectos informativos, al menos seis meses antes (artículo 25 del Reglamento de la Ley de Marcas). La EUIPO informa al titular y a quien tenga un derecho inscrito al menos seis meses antes (artículo 53.2 del Reglamento 2017/1001). En ambos casos, si el aviso no llega, la marca caduca igual: ninguna de las dos oficinas responde por ello.
¿Puedo renovar la marca de la Unión Europea solo para algunos países?
No. La marca de la Unión Europea es unitaria: cubre todos los Estados miembros a la vez y se renueva para todos a la vez. Lo que sí admiten las dos oficinas es la renovación parcial por clases de productos o servicios: renovar solo algunas clases y dejar caducar el resto.
¿Necesito representante para renovar en la EUIPO?
Si el titular tiene domicilio, sede principal o establecimiento efectivo y serio en el Espacio Económico Europeo, puede presentar la renovación por sí mismo en el formulario en línea de la EUIPO. Si no lo tiene, debe actuar mediante un representante autorizado ante la Oficina. Ante la OEPM, la regla equivalente obliga al titular que no reside en la Unión Europea a actuar mediante Agente de la Propiedad Industrial.
¿Me conviene tener las dos marcas o solo una?
Depende de dónde vende o va a vender. La marca española protege solo en España; la de la Unión Europea, en los veintisiete Estados miembros, incluida España. Muchas empresas que solo operan en España mantienen la nacional; quienes exportan dentro de la Unión suelen pasar a la europea. Lo que no conviene es dejar caducar una por creer que la otra la cubre: no son intercambiables en plazos ni en expediente.
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